Derecho al olvido
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Derecho al olvido - Eliminación de datos no deseados
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Published by Redazione on 24 agosto 2021

Artículo 17 del RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) para ejercer el derecho al olvido en Google

El derecho al olvido o el derecho a la supresión de datos es el derecho de un interesado a solicitar la supresión de datos personales e información de un sitio web. Por sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, desde 2014, se reconoce el derecho al olvido por razones de privacidad. En concreto, el artículo 17 del RGPD especifica cuándo, en qué casos y de qué manera el interesado tiene derecho a obtener la eliminación de un contenido específico que le concierne. A petición de la persona afectada, se solicita la supresión, el bloqueo o la desindexación de informaciones consideradas verdaderas pero obsoletas o que ya no son pertinentes por el paso del tiempo. Todo esto es posible cuando los datos personales del ciudadano ya no son necesarios para los fines para los que se recogieron, cuando se ha retirado el consentimiento o cuando los datos se han obtenido de forma ilegal. El interesado también puede solicitar el bloqueo de los enlaces que conducen a la información en los motores de búsqueda. Otro motivo por el que un interesado puede obtener la retirada de contenidos de Internet es cuando existe una obligación legal de hacerlo establecida en el Derecho de la Unión o en el Derecho del Estado al que pertenece el responsable del tratamiento, o si se han recogido datos personales del interesado en relación con la prestación de servicios de la sociedad de la información (artículo 8.1).

Las solicitudes más frecuentes se refieren a los motores de búsqueda: es muy frecuente que se solicite la eliminación total o la desindexación de los contenidos personales, lo que no significa su eliminación definitiva, sino una operación destinada a que los contenidos no sean directamente accesibles a través de los motores de búsqueda fuera del repositorio donde se encuentran los contenidos. Por lo tanto, dentro de los motores de búsqueda como Google, un contenido personal también puede simplemente no aparecer entre los primeros resultados de una búsqueda vinculada a su nombre, lo que desalienta en gran medida a los usuarios que realizan este tipo de búsquedas, incluso si no hay una eliminación real del enlace del sitio en cuestión. Además, el artículo 17 del RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) también especifica cuáles son los casos en los que el interesado no tiene derecho a la eliminación de sus datos personales de Internet: por ejemplo, cuando nos encontramos ante el ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información, el cumplimiento de una obligación legal establecida por la Unión o por el Estado del que forma parte el responsable del tratamiento, el interés público en el ámbito de la salud pública (artículo 9, apartado 2, letras h) e i) y apartado 3), la investigación científica, histórica o estadística (artículo 89, apartado 1). Otra razón por la que se rechazan las solicitudes de eliminación de contenidos personales es el caso en el que el responsable del tratamiento realiza una tarea de interés público o está investido de autoridad pública, razones que lo convierten en un objeto de interés público también en la web y no podría, por ejemplo, solicitar la eliminación de noticias de Google. Por último, se rechaza la solicitud de supresión de datos personales en caso de constatación judicial, ejercicio o defensa de un derecho.

#Artículo 17 del RGPD#Derecho al Olvido
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