Derecho al Olvido: Google No Controla el Contenido de los Sitios
Con una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, desde 2014, por motivos de privacidad se reconoce el Derecho al olvido o Derecho de supresión de datos. Con el mismo, a petición de la persona afectada por la publicación de una noticia que la concierne, se presenta una solicitud de supresión, bloqueo o desindexación de información que se considera cierta, pero obsoleta o ya no relevante por el transcurso del tiempo. Todo eso es posible cuando los datos personales del ciudadano ya no sean necesarios para la finalidad con que fueron recogidos, cuando se haya retirado el consentimiento o cuando los datos se hayan conseguido de forma ilícita. La persona interesada podrá además solicitar el bloqueo de los vínculos que conducen a la información en los buscadores.
Para lograr la supresión de la información los titulares podrán dirigirse al webmaster del medio que ha publicado el dato o la noticia (es decir los dueños del medio de prensa, de la página web, del blog, etc., donde ha aparecido). Aunque los titulares del dato o noticia hayan encontrado el contenido a través de Google, Google no controla el contenido de los sitios y por lo tanto sería necesario ponerse en contacto con el webmaster porque aunque Google elimine el sitio o la imagen de los resultados de búsqueda, la página web seguirá existiendo en el sitio y consecuentemente seguirá siendo posible acceder al sitio a través de la URL, compartirlo en las redes sociales o encontrarlo a través de otros motores de búsqueda. Por ello recomendamos ponerse en contacto con el webmaster, ya que es quien puede retirar la página por completo.
En alternativa, lo habitual es ponerse en contacto confidencialmente con los buscadores como Google que revisarán los resultados que se muestran en la Búsqueda de Google y gestionarán las solicitudes de retirada enviadas mediante un formulario. Los buscadores tienen la obligación de eliminar de sus listas de resultados aquellos enlaces que violen ciertos derechos de un ciudadano. En el formulario se indicarán algunos datos obligatorios
La solicitud debe contener una motivación válida y correcta, por lo que se sugiere ser asistido legalmente por un abogado con experiencia en cuestiones de Internet, puesto que Google podría requerir documentos legales, durante la discusión de la solicitud. Para llevar a cabo esta tarea, Google cuenta con un comité de expertos que se encarga de asesorar a la compañía en todas las cuestiones referentes al Derecho al olvido.
Los responsables de los motores de búsqueda valorarán las peticiones de manera individual y tomarán la decisión de aceptar o rechazar las solicitudes. Debido al alto número de solicitudes Google se toma al menos un par de semanas para responder (en el último informe de transparencia de Google se refleja que desde el año 2014 ha recibido 671.463 solicitudes) y no siempre acepta la solicitud. En el caso se rechaza la solicitud de Derecho al olvido se invitará el afectado a ponerse en contacto con los webmaster de los sitios web, o presentar cuestión a la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos).